OS VOY A EXPLICAR EL CASO DE UN VADO CONCEDIDO EN LA COTERA.
EL AYUNTAMIENTO NO SE SI POR DESCONOCIMIENTO DE LA LEY O PORQUE DIRECTAMENTE PASA DE ELLA HA PERDIDO EL JUICIO FRENTE A LA DENUNCIA DE UN VECINO QUE INCOMPRENSIBLEMENTE SOLICITÓ UN VADO PARA COLOCARLO EN UNA VENTANA Y EL AYUNTAMIENTO SE LO CONCEDIÓ. CUANDO SE DIO CUENTA DE LA METEDURA DE PATA LO INTENTÓ CORREGIR Y PARA ELLO NO SIGUIÓ LOS PROCEDIMIENTOS QUE LA LEY MARCA POR LO QUE EL VECINO LES LLEVÓ A JUICIO Y LOS TRIBUNALES CONDENARON AL AYUNTAMIENTO.....JEJEJEJ....SUBREALISTA ¿NO? PUES ESO ES LO QUE TENEMOS EN ESTE AYUNTAMIENTO.
OS VOY A EXPLICAR DETALLADAMENTE EL PROCESO:
El Ayuntamiento de Rionansa,
en abril de 2008, concede un vado permanente para el acceso de vehículos sin comprobar previamente donde se iba a
colocar dicho vado.
Posteriormente, sin que la placa de vado estuviera
todavía colocada, se dan cuenta de que este vado se pretende colocar en una
casa que no tiene ninguna puerta que permita el acceso de vehículos y entonces,
en mayo de 2008, deciden revocar la concesión del vado ya que admite que actuó
ilegalmente por una cuestión formal.
En febrero de 2009, el afectado
interpone un recurso de nulidad contra el acuerdo revocatorio de la concesión y
el pleno del ayuntamiento decide no admitir a tramite dicho recurso en mayo de
2009.
Ante esto, el afectado
interpone recurso contencioso administrativo y el Juzgado Contencioso
Administrativo en noviembre de 2010
dicta sentencia y en ella:
·se anula el acto de mayo de
2009 (acto en el que no se da trámite de audiencia).
·no se anula la resolución de
mayo de 2008 (cuando se revoca la concesión del vado).
En este momento la decisión
que toma el ayuntamiento, en febrero de 2011, es la de revisar de oficio el
acuerdo de mayo de 2008, en el que se revoca la concesión del vado, se lo
notifica al afectado y este presenta un escrito de alegaciones.
Finalmente, el ayuntamiento
decide, en mayo de 2011, declarar nulo el acto por el revocó la concesión del
vado.
El afectado en ese momento coloca la placa de vado
en el marco de una ventana y en abril de 2014 la cambia y la coloca en un muro
.
Por todo esto el grupo regionalista pretendió que
se modificara la ordenanza fiscal
reguladora de la tasa por otorgamiento de autorizaciones de entradas de
vehículos a través de aceras y vías publicas donde se contemplase que la concesión de vado,sera
discrecional, a precario,y sin perjuicios de tercero,no creando ningún derecho
subjetivo.
Que
los peticionarios de vado acrediten si se trata de vivienda,de
establecimientos comerciales ,industriales o de negocio, que la índole de los
mismos exija necesariamente la salida y entrada de vehículos, asimismo
la instancia solicitando licencia de vado se cursara
acompañada de los siguientes documentos -declaración del
solicitante,comprometiéndose a no usar el local para otras
actividades.-declaración numero de vehículos que puede contener el local etc,,
para que desde el primer momento cualquier vecino que quisiera hacer uso de
este servicio de vado supiera desde un primer momento si tiene derecho a este
acceso rodado o no..Pretendemos evitar futuros errores por parte de este
ayuntamiento que concedió un vado ilegal
y en lugar de subsanarlo en su momento lo que ha hecho ha sido seguir sumando
un error tras otro provocando daños colaterales a sus vecinos.
Os pongo unas fotos del lugar del vado.
Y aquí la interpretación de un equipo de abogados